El tall del drap era un impuesto sobre los tejidos que se cortaban y vendían para el consumo en la Corona de Aragón.
En las Cortes de Valencia de 1342-1343 se aprueba el tributo sobre los tejidos, que recaen sobre la fabricación, venta y exportación de algunos tejidos. Se trata de impuestos de generalidades.
Cortes Valencianas |
El impuesto del Tall del drap se daba en un territorio más o menos amplio que comprendía la zona valenciana, incluyendo el territorio alicantino. La recaudación de este impuesto venía distribuida por quarters, siendo el quarter de Onteniente en el que se encontraba la villa de Biar, junto con las poblaciones de Albaida, Agres, Bañeres y Bocairente.
Para ahondar en las características de este tributo, vamos a señalar las actividades que estaban sujetas y exentas a él:
- Sujetas: la venta de tejidos de oro, seda, camelote, lana, estambre, lino, algodón, cáñamo, estopa, ginesta o de otra clase para confección. Además de su fabricación casera para la venta, su importación y exportación.
- Exentas: las telas donadas a los pobres o a la Iglesia, los paños de lino o estopa para consumo propio, la transformación de ropas viejas hechas por los ropavejeres y los tejidos vendidos para uso de la familia eclesiástica.
Este es un impuesto extraordinario que se convierte en ordinario a partir 1404.
(Beatriz Ruiz-UA)
(Beatriz Ruiz-UA)
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